Es una pregunta extraña.
Florida considera que los funcionarios corporativos son empleados a menos que se eximan de la cobertura. Si es un socio o, como en su caso, un propietario único en una industria no relacionada con la construcción, no es un empleado a menos que elija serlo. Si lo hace, hay consecuencias fiscales potencialmente sustanciales. Si está en una LLC, se considera lo mismo que un funcionario corporativo o empleado, a menos que elija estar exento.
Resulta que: en la mayoría de los casos, no está obligado a tener un seguro de compensación para trabajadores, dada su situación, a menos que haya incorporado y organizado su negocio de maneras bastante específicas.
Verifique con el abogado que lo ayude a establecer su negocio para estar seguro.
Suponiendo que decide seguir adelante y obtener el seguro, usted es un negocio lo suficientemente pequeño que seguramente no puede autoasegurarse (es poco probable que sea aprobado).
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Eso te deja con la opción de un proveedor comercial.
Si elige una opción de pago por uso, hay lugares en línea que le venderán una política que cumple con la Florida por alrededor de $ 20 por semana.
Dado que casi con certeza tiene un agente de seguros para responsabilidad civil y automóvil, y tal vez un seguro para inquilinos o propietarios, consulte con su agente para ver qué opciones están disponibles.